TIPOS DE ETIQUETADO
ETIQUETADO DE TIPO I
Son esquemas voluntarios cuyos productos son certificados por una entidad independiente y en los que se establecen criterios en virtud de los cuales ciertos productos, dentro de una categoría, son identificados como productos ecológicos. Estos productos son autorizados a utilizar un logotipo identificativo que acredita que el producto cumple con los criterios ecológicos establecidos.
Ejemplos de etiquetado de tipo I :
El Angel Azul alemán,
El Cisne,
EL Blanco de los países nórdicos,
La Ecoetiqueta de la Unión Europea,
La Eco-marca de Japón, etc.
Las características del etiquetado de tipo I son:
1. Es un etiquetado voluntario.
2. Implica el otorgamiento de una etiqueta cuando el producto cumple ciertos criterios.
3. Tienen como objetivo identificar y promover productos ecológicos.
4. Los criterios de aprobación/desaprobación son establecidos para cada categoría de producto después de considerar los impactos en todo su ciclo de vida del producto.
5. Están disponibles públicamente.
La normativa ISO aplicable para este esquema es la ISO 14024.
ETIQUETADO DE TIPO II
Se trata de auto-declaraciones informativas de aspectos ambientales de productos para considerarlos como productos ecológicos. Son realizadas por el propio fabricante en forma de textos, símbolos o gráficos y exigen la responsabilidad de cumplimiento del contenido de la información., tales como etiquetas en el producto en el envase , literatura del producto, boletines técnicos, avisos, publicidad, telemarketing, medios digitales o electrónicos e internet .
Incluye declaraciones como : "reciclable", "60% libre de fosfatos", etc.
Con objeto de combatir la publicidad engañosa en relación con la publicidad de los productos ecológicos, ISO ha desarrollado la norma ISO 14.021 sobre ecoetiquetado de tipo II.
ETIQUETADO DE TIPO III
El etiquetado Tipo III es una nueva forma de declaración ambiental, que ofrece información sobre el impacto ambiental de un producto o servicio a través de análisis del ciclo de vida. Se ha desarrollado para evitar algunas de las dificultades que se han presentado con los esquemas de etiquetado Tipo I en la que se obliga a un que solamente un porcentaje bajo de productos de una categoría pudieran cumplir con los criterios ecológicos establecidos.
Los esquemas de tipo III utilizan un enfoque científico basado en consideraciones del análisis del ciclo de vida ( ACV ).
Están regulados por la norma ISO 14025.
OTRAS NORMAS DE ETIQUETADO ECOLÓGICO
-NORMA ISO 14020.Etiquetado ecológico. Principios generales.
Establece nueve principios generales que deben considerarse para el desarrollo del etiquetado y declaraciones ambientales. La intención es que las especificaciones en las demás normas de etiquetado ambiental, actualmente bajo el desarrollo del SC3, deberían ser consistentes con los principios generales establecidos en ISO 14020.
-NORMA ISO 14022: Etiquetado ecológico.Símbolos.
-NORMA ISO 14023. Etiquetado ecológico.Metodologías de ensayo y verificación ambiental.
-NORMA ISO/ TR 14062: Integración de aspectos medioambientales en el desarrollo de productos.El documento tiene como objetivo principal brindar información técnica y herramientas útiles, a los profesionales del diseño y desarrollo, para identificar e integrar los aspectos ambientales en el desarrollo de productos y servicios, elaborado no sólo para las grandes organizaciones sino también para las medianas y pequeñas empresas.
LA ETIQUETA ECOLÓGICA EUROPEA
El sistema de etiquetado ecológico europeo, creado en 1992 (Reglamento del Consejo nº 880/92), es un instrumento voluntario para promover el consumo de productos más respetuosos con el medio ambiente.
Permite a los consumidores europeos identificar productos "verdes" certificados oficialmente en la Unión Europea, Liechtenstein e Islandia. Además, permite a los fabricantes mostrar y comunicar a sus clientes que sus productos respetan el medio ambiente.
Los criterios ecológicos se desarrollan para cubrir productos de consumo diario, por ejemplo aquellos que pueden adquirirse en tiendas y supermercados, con la excepción de alimentos, bebidas y medicamentos.
Los criterios ecológicos para la concesión de la Etiqueta Ecológica Europea son el resultado de estudios científicos y de amplias consultas a diferentes actores sociales y económicos.
Los criterios han de ser aprobados por los Estados Miembros y la Comisión Europea antes de poder emplearse en la concesión de la etiqueta ecológica a los productos.
Una vez que se adoptan los criterios ecológicos, el fabricante o importador que desee la ecoetiqueta debe ponerse en contacto con el Organismo Competente nacional para demostrar que el producto cumple con los criterios ecológicos. Sus productos podrán entonces llevar la Etiqueta Ecológica Europea y ser vendidos y reconocidos en toda la Unión Europea.
Una vez que los criterios son adoptados por mayoría cualificada de los Estados Miembros y la Comisión Europea, son válidos por un periodo de tres años. Tras este periodo, los criterios se revisan y pueden hacerse más exigentes, dependiendo del mercado y de los avances científicos y tecnológicos, a fin de mejorar el comportamiento ambiental del producto ecoetiquetado.